¿Qué implica la dignidad humana? En primer lugar, la inviolabilidad de cada persona, el reconocimiento de que no puede ser utilizada o sacrificada por los demás como un mero instrumento para la realización de fines generales. Por eso no hay derechos humanos colectivos: la persona humana no puede darse fuera de la sociedad, pero no se agota en el servicio a ella. En segundo lugar, el reconocimiento de la autonomía de cada cual para trazar sus propios planes de vida y sus propios baremos de excelencia, sin otro límite que el derecho de los otros a la misma autonomía. En tercer lugar, el reconocimiento de que cada cual debe ser tratado de acuerdo con su conducta y no según factores aleatorios que no son esenciales para la humanidad: raza, etnia, clase social, etc. En cuarto y último lugar, la exigencia de solidaridad con la desgracia y el sufrimiento de los otros, el mantener viva y activa la complicidad con los demás.
Fernando Savater, Las preguntas de la vida
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